Panamá Nacionales -  18 de agosto de 2022 - 16:58

120 a los 65, pagos: ¿Quiénes cobran primero?  196vb

A partir del lunes 22 el Mides realizará los pagos de los programas 120 a los 65, ángel Guardián, Red de Oportunidades y SENAPAN.  1c5z14

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

34,591 panameños que viven en áreas de difícil , serán los primeros beneficiarios en cobrar el tercer pago de los programas de Transferencia Monetaria Condicionada (TMC) por el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), entre ellos está 120 a los 65. 352c5h

Fechas de pagos del MIDES
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Días pasados, el presidente de la república Laurentino Cortizo Cohen, anunció que el gobierno a través del MIDES realizará los pagos correspondientes del TMC a partir del 22 al 26 de agosto.

Es decir que no sólo realizarán los pagos para el programa 120 a los 65, sino que también estarán incluidos otros pagos como Ángel Guardián, Red de Oportunidades, y SENAPAN.

https://twitter.com/NitoCortizo/status/1559569312872030209

El mandatario de la República panameña, expresó mediante su cuenta de Twitter que autorizó el desembolso de B/.7,015,320 para el tercer pago de los Programas de Transferencia Monetaria Condicionada.

120 a los 65: ¿Cómo aplicar? 4d641c

Aquellas personas que quieran registrarse deberán presentar en las oficinas de la institución:

  • Fotocopia de Cédula del adulto mayor, junto con una copia del recibo de Luz o Agua
  • Si el futuro beneficiario no cuenta con recibo de Luz o Agua, deberá presentar una nota de la Corregiduría, también una certificación de residencia del Tribunal Electoral
  • Para los que viven en áreas de difícil , el MIDES requerirá que la persona presente la certificación que emite la Corregiduría y un croquis que señale la ubicación exacta de la residencia.
  • Es necesario mencionar para los interesados que la nota de la Corregiduría es indispensable, siempre y cuando el futuro beneficiario no cuenta con Luz o Agua.

120 a los 65 es un programa Especial de Transferencia Económica a los Adultos Mayores (hombres y mujeres) que consiste en la entrega de 120.00 balboas mensuales a las personas adultas de 65 años o más sin Jubilación ni Pensión.

Según la Ley N° 86 Artículo 8. el cual establece que, cuando el adulto mayor de 65 años o más sea una persona con discapacidad o presente alguna condición de salud que limite su movilidad, el registro será realizado por quien ejerza su representación legal o esté autorizado por el adulto mayor.

El MIDES, establece que las personas que se encuentren viviendo en situación de riesgo social, vulnerabilidad, marginación o pobreza son los más beneficiados.

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