Este jueves se dio a conocer que el Juzgado Décimo Quinto de Circuito de lo Penal, a cargo del juez Leslie Loaiza, negó el incidente de controversia presentado por la abogada Edna Ramos, defensa técnica de Adolfo "Chichi" De Obarrio, en contra de la Fiscalía Primera y Segunda Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, dentro del sumario por el supuesto delito contra la istración pública en perjuicio del Programa de Ayuda Nacional (PAN). 6n632g
La defensa recurrió a este incidente por estar en contra de la negativa de la fiscalía de la causa, en no permitir su participación en las diligencias de indagatorias de otros co-imputados y que se declare nulas y sin valor las diligencias indagatorias realizadas, además de que se declare en desacato a la Fiscalía y se le imponga la sanción más grave.
Según el juzgado, resulta improcedente la incidencia de controversia promovida por Ramos, al existir procedimiento claro y categórico enmarcado en el artículo 2103 del Código Judicial que señala "Ni el defensor ni el querellante podrán intervenir en la declaración indagatoria del imputado".
Asimismo, este juzgado explicó que Ramos es apoderada judicial de Adolfo De Obarrio, pero no de los demás sindicados ni mucho menos es parte querellante; por lo que su presencia violentaría el derecho de los sindicados que deben de deponer libre de juramento y apremio.
FUENTE: Marilyn Cejas de Miranda