Unas 14 áreas protegidas terrestres en Panamá abren al público, a partir de este lunes, donde una de sus principales actividades es el senderismo. 4s3u5k
Esto, luego que el Minsa autorizó la reactivación, operación y movilización de personas en los parques naturales y áreas protegidas a nivel nacional, con la publicación de la Resolución No. 904 del 1 de octubre de 2020 .
Binder explicó en el programa Radiografía , transmitido por ECO TV y RPC Radio que la reapertura de las áreas protegidas se llevará a cabo de manera gradual, ya que Panamá cuenta con “124 áreas pero no todas tienen al turismo solamente se están abriendo 14”.
Las áreas protegidas que se abren en este primer grupo son:
Colón: Bosque protector y paisaje protegido San Lorenzo
Herrera: Parque Nacional Sarigua y la Reserva forestal El Montoso
Coclé: Parque Nacional División General Omar Torrijos y el Monumento Natural Cerro Gaital
Ciudad de Panamá: Parque Nacional Soberanía, Parque Nacional Camino de Cruces y la Reserva Natural Cerro Ancón
Panamá Oeste: Parque Nacional y la Reserva Biológica Altos de Campana
Veraguas: Parque Nacional Santa Fe, Parque Nacional Cerro Hoya y la Reserva Forestal La Yeguada
Chiriquí: Parque Internacional La Amistad y el Parque Nacional Volcán Barú
Sobre el uso de mascarilla en las áreas protegidas para el senderismo, la funcionaria reiteró que sí se deberá utilizar como medida de bioseguridad del Minsa y para poder dejar estas zonas abiertas.
Destacó también que las personas porten gel antibacterial o alcohol, cumplir con el distanciamiento social y respetar los horarios de ingreso, sitios de visita y capacidades de carga establecidos.
Agregó que el otro grupo de áreas protegidas que reabrirá son las marinas/acuáticas dentro de la “Ruta hacia la nueva normalidad”.
Cabe señalar que las actividades familiares recreacionales en parques naturales y áreas protegidas podrán realizarse en burbujas familiares, por lo que no se permitirán paseos en buses u otros medios de transporte que implique movimiento masivo de personas y queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y la venta de comidas, a excepción del consumo que se realice en restaurantes o fondas.
FUENTE: Odalis Núñez