La Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional ( AN ), aprobó este martes, crear una subcomisión para mayor discusión y análisis del proyecto de Ley N° 478 que busca establecer cambios en las causales de divorcio en Panamá, como reducir el tiempo que dura un proceso. 63n4l
La iniciativa legislativa, modifica el numeral 9 del Artículo 212 del Código de la Familia, que actualmente establece en Panamá, en el artículo señalado, como causal para la disolución de un matrimonio, la separación de hecho por más de dos años, aún cuando vivan bajo el mismo techo.
De acuerdo con la propuesta presentada por la diputada Zulay Rodríguez, se podrá solicitar el divorcio sin señalar una causal específica, "siempre que haya transcurrido al menos tres meses desde la celebración" del matrimonio, sin necesidad de apoderado legal, en cuyo caso el Juzgado dará el formulario de requisitos que debe ser llenado, para debido trámite expedito.
Además, establece que el cónyuge que haga la solicitud de divorcio debe presentar una propuesta de convenio, acompañándolo de el certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos menores de edad si los hubiese, para regular las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial.
En esa propuesta de convenio debe contener los siguientes requisitos: designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores de edad, istración de bienes, entre otros.
Sin embargo, durante la discusión del proyecto, sugirieron que el periodo transcurrido para solicitar el divorcio no fuera 3 meses, piden “que sea un tiempo mayor”.
En la exposición de motivos Rodríguez, indicó que "en nuestro país no existe la posibilidad de comparecer ante un juez, de manera voluntaria y expedita y poder hacer la solicitud de divorcio, si no cuenta con un representante ante los tribunales de familia y en muchas ocasiones las personas no cuentan con los recursos para contratar estos servicios por lo que se ven en la penosa situación de mantener ese vínculo matrimonial por años, aun cuanto tiene otra pareja con la que convive y también se encuentra la limitante que si el cónyuge no desea firmar el mutuo acuerdo que debe ser avalado por un abogado, dando como resultado que este no se podrá disolver, ya que si el mismo no tiene el dinero y el tiempo de separación de más de dos años no podrá recibir este derecho de lograr un estado civil de soltería".
Con la colaboración de Viola Guevara, periodista de Telemetro Reporta.