Panamá Nacionales -  19 de agosto de 2024 - 10:44

Boda civil en Panamá: ¡Cásate gratis! Descubre dónde hacerlo 481nh

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El proceso de boda civil en Panamá no requiere la intervención de un abogado y, una vez que se cumplan los requisitos establecidos, la unión será gratuita. v4l5u

Jovanna Peralta
Por Jovanna Peralta

El Tribunal Electoral (TE) y los Juzgados de Familia en Panamá ofrecen la posibilidad de contraer matrimonio de forma gratuita, dependiendo de la ubicación del solicitante. Las parejas interesadas en un boda civil deben cumplir con una serie de requisitos y realizarse exámenes médicos antes de formalizar su unión.

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Requisitos del Tribunal Electoral: 58322z

Nacionales: 4t2960

  • Presentar al funcionario autorizado del domicilio de cualquiera de ellos, una declaración (solicitud) firmada por ambos interesados, expresiva en la intención de contraer matrimonio.

(La solicitud de matrimonio es el formulario de declaración entregada por la autoridad que presidirá el matrimonio civil).

  • Certificado de nacimiento de ambos. (El Certificado de Nacimiento tiene una vigencia de sesenta días calendarios o tres consultas de validación)
  • Certificado de soltería de ambos contrayentes. (El certificado de soltería tiene una vigencia de tres meses, contados a partir de la fecha de expedición)
  • Cédula vigente de los contrayentes (adjuntar fotocopia).
  • Cédula vigente de los testigos (adjuntar fotocopia) No pueden tener vínculo dentro del cuarto grado de consanguinidad o adopción y el segundo grado de afinidad con relación a los contrayentes.

Los requisitos del punto 2 y 3, deberán ser solicitados en el Registro Civil. Artículo 32 Código de la Familia: “El Registro Civil tiene la obligación de expedir, sin costo alguno a los interesados, todos los certificados necesarios para la celebración del matrimonio.

  • Certificado de salud prenupcial, Artículo 38 del Código de la Familia: “… El certificado de salud prenupcial comprende el examen médico y las pruebas de laboratorios que el Ministerio de Salud estime conveniente, y deberá ser expedido dentro de los quince días calendarios anteriores a la fecha del matrimonio, por un médico legalmente autorizado para el libre ejercicio de su profesión.

Las Pruebas de laboratorios comprenden: 1p5a23

Exámenes de electroforesis de hemoglobina, V. D. R. L, biometría hemática, urinálisis y V.I.H.

Certificado de salud prenupcial, Artículo 38 del Código de la Familia: “… El certificado de salud prenupcial comprende el examen médico y las pruebas de laboratorios que el Ministerio de Salud estime conveniente, y deberá ser expedido dentro de los quince días calendarios anteriores a la fecha del matrimonio, por un médico legalmente autorizado para el libre ejercicio de su profesión.

  • Dos (2) testigos que sean mayores de edad.

Artículo 42 del Código de la Familia: En todos los casos, el acto (celebración del matrimonio) se verificará en presencia de por lo menos dos testigos mayores de edad, que no estén ligados con ninguno de los contrayentes por parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o adopción y el segundo grado de afinidad.

Pasos a seguir 6x5g55

Presentarse en el Juzgado Municipal de Familia, Notarias, Dirección Nacional u oficinas regionales del Registro Civil, quienes tienen competencia para celebrar matrimonios civiles, dependiendo del lugar de domicilio de uno de los contrayentes.

Observación: se reserva la fecha para celebrar el matrimonio si los futuros contrayentes presentan todos los requisitos completos. El término mínimo para presentar todos los requisitos es de cinco (5) días hábiles y se reserva el cupo previo a la disponibilidad o a la agenda de la oficina que llevará a cabo la celebración (Aplicable para el Registro Civil).

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Requisitos de boda civil del Juzgado de Familia (para nacionales) 663667

(Uno o ambos contrayentes deben residir en el distrito donde el juzgado sea competente)

  • Copia de cédula de los contrayentes.
  • Certificado de Nacimiento: Expedido sin costo alguno por el Registro Civil al presentar la hoja de requisitos de matrimonio con el sello de la autoridad competente.
  • Certificado de Soltería: Expedido sin costo alguno por el Registro Civil al presentar la hoja de requisitos de matrimonio con el sello de la autoridad competente.

Pruebas de Laboratorio (con una validez de 2 meses):

  • Biometría Hemática
  • Electroforesis de Hemoglobina
  • Urinálisis
  • Pruebas de HIV y VDRL (estas pruebas deben realizarse, pero no presentarse al juzgado; solo se mostrarán a un médico, quien expedirá un certificado médico confirmando que se han realizado).
  • Certificado de Salud Pre-Nupcial: Expedido dentro de los quince (15) días anteriores a la fecha de celebración del matrimonio. El médico debe certificar que los contrayentes se realizaron las cinco (5) pruebas de laboratorio mencionadas y que conocen sus resultados.
  • Dos (2) testigos mayores de edad (con sus respectivas copias de cédula, pasaporte o carné de migración). No pueden estar ligados por parentesco con ninguno de los contrayentes dentro del cuarto (4º) grado de consanguinidad o adopción, ni dentro del segundo (2º) grado de afinidad. (Ej.: padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, hermanos, sobrinos, tíos, primos, madrastra, padrastro, nuera, yerno o cuñados no pueden ser testigos).
  • Certificado de Nacimiento de los hijos de la pareja que va a contraer matrimonio (solo si no están reconocidos al momento de contraer matrimonio).
  • Si la contrayente estuvo casada: Puede contraer nuevas nupcias una vez inscrita la sentencia de divorcio, previa comprobación de si está o no embarazada, cuya constancia debe presentarse si el matrimonio se celebra dentro de los trescientos (300) días siguientes a la disolución del vínculo matrimonial.

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