El mes de noviembre marca un periodo de descanso en Panamá, con varias fechas patrias que ofrecen feriados y días libres para la población. En total, hay cuatro días de descanso obligatorio y dos días irregulares que, en algunos casos, se pagan con recargos si se trabaja. Aquí te detallamos el calendario y los pagos correspondientes.
Días feriados y su forma de pago según el Código Laboral 385uy
- 2 de noviembre: Día de los Difuntos: Es un día laboral regular sin recargos. Algunas empresas permiten a sus empleados salir al mediodía bajo acuerdo.
- 3 de noviembre: Día de la Separación de Panamá de Colombia: Día de descanso obligatorio. Si se trabaja, se paga con recargos.
- 4 de noviembre: Día de los Símbolos Patrios: Día feriado en el sector público. Para el sector privado, es día laboral regular sin recargos, aunque algunas empresas lo otorgan como día puente.
- 5 de noviembre: Gesta de Consolidación de la Separación de Panamá de Colombia: Día de descanso obligatorio. Si se trabaja, se paga con recargos.
- 10 de noviembre: Primer Grito de Independencia de Panamá de España: Día de descanso obligatorio. Si se trabaja, se paga con recargos.
- 28 de noviembre: Día de la Independencia de Panamá de España: Día de descanso obligatorio. Si se trabaja, se paga con recargos.
Importante mencionar que la celebración del Día de la Separación de Panamá de Colombia, el 3 de noviembre, cae en domingo, por lo que el descanso obligatorio se traslada al lunes 4 de noviembre (Día de los Símbolos Patrios). A esto se suma el feriado del 5 de noviembre, creando un fin de semana largo con tres días libres: domingo, lunes y martes.
El 10 de noviembre, que conmemora el Primer Grito de Independencia de Panamá de España, también cae en domingo, trasladando el descanso obligatorio al lunes 11 de noviembre y creando otro fin de semana largo.