Panamá Nacionales -  12 de octubre de 2022 - 15:15

Desde el 2019 a la fecha la Acodeco ha registrado más de 300 mil balboas en multas a comercios por desacatos 356k66

La Acodeco ha registrado unas 226 multas a diferentes agentes económicos, por desacatos de inasistencia e incumplimiento. 6b6u1h

Teiga Castrellón
Por Teiga Castrellón

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) detalló que desde el año 2019 hasta la fecha, ha registrado unas 226 multas con una cuantía total de B/. 320,700, a diferentes agentes económicos, por desacatos de inasistencia e incumplimiento.

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La autoridad explica que por inasistencia a las citaciones realizadas para atender las diversas quejas de los consumidores, se aplicaron 187 sanciones (B/. 230,800.00); mientras que, por desacato de incumplimiento de resoluciones y acuerdos, se registran 39 multas (B/.89,900.00).

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"Según las cifras registradas en el ‘Tablero de Multas’ de la web de esta institución https://tableroquejas.acodeco.gob.pa/tablero.php las empresas inmobiliarias ocupan el primer lugar en desacato por inasistencia con 46 multas por B/.68,700.00; los hoteles o planes vacacionales, 13 (B/.20,100.00); ventas de electrodomésticos y equipos electrónicos, 10 (B/.12,800.00); ventas de materiales de construcción, 5 por B/,10,300,00, entre otras 44 actividades. Mientras que, por desacato de incumplimiento, se encuentran con 10 multa por B/.22,800.00 las empresas inmobiliarias; fábricas de muebles, 4 por 10 mil balboas; 3 promotoras por B/.7,500.00, y le siguen otras 15 más", indica la Acodeco.

Además señala que, en el 2022 hasta la fecha, se registran 61 sanciones (B/.78,100.00) en primera instancia, por desacato de inasistencia, y 5 por incumplimiento (B/.10,300.00).

La autoridad explica que cuando los agentes económicos son citados a los debidos procesos y los mismos son desatendidos, se procede a levantar los respectivos expedientes por desacato de inasistencia e incumplimiento y se les aplica una sanción en primera instancia. La Acodeco garantiza que los procesos de atención de quejas de los consumidores se cumplan, según lo establece la Ley 45 de 2007.

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