Entre los requisitos para solicitar el Permiso Temporal de Protección para Extranjeros (por dos años no prorrogables), se menciona el que las personas extranjeras sin distingo de nacionalidad que, a la entrada en vigencia del decreto oficial, se encuentren actualmente irregulares dentro del territorio nacional y hayan permanecido en el país por un periodo no menor de un año, sin haber iniciado el proceso migratorio de protección temporal en la República de Panamá.
¿Cuáles son los requisitos a cumplir y documentos solicitados? z4g2d
El decreto resalta los requisitos y documentos solicitados a entregar personalmente en las instalaciones del Servicio Nacional de Migración de Panamá:
- Poder y solicitud
- Dos (2) fotos tamaño carnet
- Completar el Pre Registro Único. de Extranjería (RUEX) o actualizarlo según cada caso.
- No tener trámite migratorio vigente ante el Servicio Nacional de Migración.
- Copia simple del pasaporte, la que deberá ser cotejada con el original al momento de la presentación.
- Comprobante del domicilio del solicitante.
- Certificación de Antecedentes Penales que, en caso de solicitantes menor de edad, se exceptuará de la presentación de este requisito.
- Declaración Notarial Jurada, para acreditar la fecha de ingreso al territorio nacional, en caso que aplique.
- Constancia de trámite de permiso de trabajo realizada ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
- En caso que la persona extranjera solicitante sea menor de edad el poder deberá ser otorgado por uno de sus padres o su tutor legal, acompañado del documento que compruebe el parentesco.
¿Cuándo iniciará el proceso de atención a extranjeros? 47263j
El permiso temporal de protección estará disponible a solicitar desde el lunes 17 de julio del 2023 hasta el 19 de julio del 2024, al programar una cita en el portal web https://www.migracion.gob.pa/.
La implementación de solicitud del permiso será desde el 1 de agosto del 2023.
Vea aquí el Decreto Ejecutivo No. 112 del 13 de julio del 2023 para más información.