Eduardo Leblanc envió una nota al presidente de la Asamblea Nacional, Crispiano Adames, en la que se solicita que se modifique el artículo 211 sobre las funciones de la Defensoría del Pueblo dentro del proyecto de Ley 567 que “establece el sistema de garantía y protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia en todo el territorio de la República de Panamá, y para los nacionales que se encuentren en el extranjero”.
Al mismo tiene le corresponde “elaborar su presupuesto anual con enfoque basado en los derechos humanos con priorización en los derechos humanos de la niñez y adolescencia de acuerdo con los principios y disposiciones de la presente Ley”.
Además tiene la función de “elaborar informe técnico anual que contenga el análisis de la situación en ejercicio y la satisfacción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con recomendaciones y observaciones para la protección integral de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia”; y atender y asesorar a los niños, niñas y adolescentes panameños y extranjeros que se encuentren en el territorio nacional, respecto a “reclamaciones y/u orientaciones sobre sus derechos humanos”.
“En la nota también se recomienda plasmar que la Defensoría del Pueblo, como institución independiente que actúa con plena autonomía funcional, istrativa y financiera, contará con los recursos presupuestarios necesarios para el ejercicio de las funciones descritas y acordes a las disposiciones de la presente ley”, señala la Defensoría en un comunicado.