Según el Decreto N°36 de 5 de julio de 2024, publicado recientemente en el Boletín del Tribunal Electoral de Panamá, se establece un nuevo requisito para la conformación de partidos políticos en el país. Se trata de la cantidad de adherentes requerida para la constitución de un grupo político.
¿Qué requisito se necesita para la creación de partidos políticos? 1s2u5f
El Numeral 4 del Artículo 52 del Código Electoral especifica que se necesitará inscribir como adherentes al menos el 2% del total de los votos válidos emitidos en la última elección presidencial y vicepresidencial. Con un total de 2,375,179 votos emitidos en los comicios del pasado 5 de mayo, esto equivale a un mínimo de 45,503 adherentes.
Este cambio busca regular y fortalecer el proceso de formación de partidos políticos en Panamá, asegurando que solo aquellos con un respaldo significativo de la población puedan acceder a la inscripción oficial. Los interesados en establecer nuevos partidos deberán cumplir con este nuevo umbral, reflejando así un ajuste en las normativas electorales del país.